Expedición de las Políticas del Sector Eléctrico para el desarrollo del servicio público de energía eléctrica, servicio de alumbrado público general, servicio de vehículos eléctricos y el almacenamiento de energía eléctrica

Expedición de Políticas del Sector Eléctrico para desarrollo del servicio de energía eléctrica, alumbrado público, vehículos eléctricos y almacenamiento de energía eléctrica

5 de noviembre 2021

Mediante Decreto Ejecutivo Nro. 238 de 26 de octubre de 2021, se expidieron las Políticas del Sector Eléctrico para el desarrollo del servicio público de energía eléctrica, servicio de alumbrado público general, servicio de vehículos eléctricos y el almacenamiento de energía eléctrica.

Adicionalmente, el Decreto dispone lo siguiente:

  1. El Estado impulse la implementación del marco institucional y normativo necesarios, para garantizar el incremento sostenido de la capacidad instalada de generación de energía eléctrica de acuerdo con la demanda prevista en el Plan Maestro de Electricidad para los próximos 10 años.
  • El sector eléctrico será eficiente, competitivo, sostenible, ambientalmente responsable, basado en la innovación, que garantice la seguridad jurídica y potencia la inversión privada.
  • En un plazo de 3 meses contados desde el 26 de octubre de 2021 se deben ejecutar las siguientes acciones:
  1. Generar políticas públicas e institucionales, reformar el marco legal y regulatorio para generar condiciones técnicas, económicas, ambientales y sociales para incentivar la inversión privada en el servicio público de energía eléctrica, de alumbrado público general, carga de vehículo eléctricos y almacenamiento de energía.
  • Reformar el modelo de desarrollo del sector eléctrico para viabilizar la participación de las empresas públicas, de capital mixto y privado, en todas las etapas de la provisión del servicio de energía eléctrica, servicio de alumbrado público general, servicio de carga de vehículo eléctricos y el almacenamiento de energía, bajo estándares de calidad y eficiencia, a través de procesos de participación universales y competitivos, promoviendo la integración energética regional.
  • Promover esquemas eficientes y competitivos para la participación de inversión privada en las etapas de generación, transmisión, distribución, comercialización y almacenamiento de energía, en el servicio de alumbrado público general y en el servicio de carga de vehículo eléctricos; a través de diferentes modelos de gestión (i.e. asociaciones público-privadas, alianzas estratégicas), en procesos competitivos de acuerdo a la legislación nacional y de acuerdo a las mejores prácticas y estándares de éxito mundial.
  • Implementar regulaciones con tarifas de incentivo y condiciones preferentes, de acuerdo con el artículo 26 de la Ley Orgánica del Servicio Público de Energía Eléctrica, para promover la entrada en operación de proyectos de generación y autogeneración requeridos para cumplir con la demanda de energía eléctrica proyectada en el Plan Maestro Eléctrico.
  • Para delegar la a la participación privada por diferentes modelos de gestión, identificar segmentos y proyectos en el ámbito de generación, transmisión, distribución, comercialización y almacenamiento de energía eléctrica, alumbrado público general y carga de vehículo eléctricos.
  • Conducir la elaboración de nueva normativa o reformas a aquella existente para que las empresas públicas puedan captar recursos del sector privado para la prestación del servicio público de energía eléctrica, servicio de alumbrado público general, servicio de carga de vehículos eléctricos y almacenamiento de energía.
  • Formular políticas y normativa para mayor eficiencia en el aprovechamiento de la energía y el uso de energía eléctrica por los consumidores y las empresas eléctricas de propiedad del Estado.
  • Proponer un plan con parámetros de esquemas de precios y condiciones preferentes, incluyendo tarifas de incentivo, al sector privado para incrementar en al menos 250 MW hasta el 2025 la participación de auto generadores de energía renovable.
  1. Proponer un plan de reestructuración del sector eléctrico para fortalecer las instituciones y de su talento humano, tomando referencia de buenas prácticas nacionales e internacionales de administración y transparencia.
  • Nombrar a las autoridades y representantes de las instituciones y empresas públicas del sector eléctrico a través de procesos de selección que consideren perfiles profesionales y experiencia acorde con las necesidades empresariales.
  • El Ministerio de Energía y Recursos Naturales No Renovables, la Agencia de Regulación y Control de la Energía y Recursos Naturales no Renovables y el Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica cooperarán para evitar duplicidad de trámites en los procesos de licenciamiento ambiental y permisos de uso de agua.
  • Revisar y reportar a la Presidencia de la República el estado de (i) las solicitudes de generación y autogeneración de energía eléctrica que no se encuentren dentro del Plan Maestro de Electricidad y presentar un plan de acción para que se incorporen al Sistema Nacional Interconectado; (ii) la gestión de las empresas públicas de generación y transmisión de energía eléctrica; (iii) los trámites para las concesiones de proyectos de generación eléctrica; (iv) ka gestión de las empresas eléctricas de distribución (CNEL-EP y las sociedades y compañías anónimas.
  • Convocar a procesos públicos de selección para la concesión del bloque de 500MW de energía renovable Ciclo Combinado Termo Gas Machala, Sistema de Transmisión Nororiental, Bloque de Cielo Combinado de Gas Natural de 400 MW y la gestión delegada de la Central Sopladora.
  • Elaborar un informe de la capacidad fotovoltaica instalada en el país a fin de establecer políticas y estructurar un marco normativo e institucional para incentivar la adopción de fuentes renovables de provisión de energía.
  • Establece una metodología de cálculo para costos variables de producción de centrales hidroeléctricas.
  • CELEC-EP, CNEL-EP y las empresas eléctricas de distribución deben remitir al Ministerio de Energía y Recursos Naturales No Renovables, información de sus costos de operación, mantenimiento y expansión para que este ejecute un estudio para la expedición del Pliego Tarifario 2022.
  • En 1 mes desde el 26 de octubre de 2021 la Presidencia de la República deberá recibir lo siguiente:
  1. El Ministerio de Economía y Finanzas elaborará una propuesta de decreto ejecutivo que adapte las disposiciones del Decreto Ejecutivo número 1190 del 17 de noviembre de 2020 a las particularidades de planificación y proyectos del sector eléctrico.
  • El Ministerio de Energía y Recursos Naturales No Renovables debe elaborar un plan para la incorporación del sector camaronero, agroindustrial y petrolero al sector eléctrico.
  • El Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica debe revisar los procesos ambientales del sector eléctrico que estén pendiente, estableciendo un plan de acción inmediata de 3 meses.

AUTOR

AVL

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