Reformas comunes a la Sociedad Anónima y Compañía Limitada

16 de mayo 2023

1. CONSTITUCIÓN: 

 Las S.A. y Cía. Ltda. pueden constituirse mediante contrato o acto unilateral. 

2. APORTACIÓN DE BIENES: 

Se permite aportar bienes hipotecados o prendados.

3. DOCUMENTO PRIVADO: 

Para la constitución y todos los actos societarios posteriores, pueden realizarse por documento privado.Se exigirá escritura pública en: sociedades de los sectores seguros, financiero y mercado de valores; y cuando la ley exige esta solemnidad (por ejemplo transferencia de inmuebles).

4. INSTRUMENTACIÓN EN EL MISMO EJERCICIO FISCAL 

Los actos societarios serán instrumentados en el mismo ejercicio económico de la Junta General que los aprobó. 

Se puede obtener la ratificación de la Junta General, en caso de exceder este periodo.

5. RESPONSABILIDAD

Los accionistas y socios no son responsables por las obligaciones laborales, tributarias, o de cualquier otra naturaleza en que incurra la compañía.

6. INSCRIPCIÓN POSTERIOR DE APORTACION INMUEBLES

En el caso de aportación de inmuebles,  la inscripción de la transferencia en el Registro de la Propiedad se realiza con posterioridad a la constitución y no antes.

7  TRANSFERENCIA ACCIONES / PARTICIPACIONES

Tendrán validez inter-partes desde la suscripción, y son oponibles a terceros desde la inscripción en el libro social o registro correspondiente. 

8. DISMINUCIÓN DE CAPITAL 

La junta deberá aprobar un informe de solvencia de la compañía, elaborado y suscrito por su representante legal. 

9. ACTIVOS ESENCIALES 

Son aquellos que superan el 25% del valor de los activos que figuren en el último estado de situación aprobado por la Junta General.
De exclusiva competencia de la Junta General la aprobación de la adquisición, aportación a otra sociedad o enajenación de activos esenciales.

10. SUSPENSIÓN DE DISTRIBUCIÓN DIVIDENDOS A ACCIONISTA / SOCIO SOCIEDAD EXTRANJERA

Se suspenderá la distribución de dividendos, beneficios, utilidades, rendimientos o similares de los derechos representativos de capital, únicamente respecto de la socia o accionista sociedad extranjera remisa. 

AUTOR

AVL

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