Anexo sobre Reporte de Información de Bienes Inmuebles y Espectáculos Públicos

2 de septiembre 2022

Mediante Resolución No. NAC-DGERCGC22-00000041, emitida por el Servicio de Rentas Internas (SRI), se expidió el “Anexo sobre reporte de información de bienes inmuebles y espectáculos públicos”.

OBLIGADOS A REPORTAR

Los Gobiernos Autónomos Descentralizados se encuentran obligados a presentar al Servicio de Rentas Internas, la información que consta en sus catastros y registros públicos sobre:

a) Bienes inmuebles; y,

b) Espectáculos públicos ocasionales que cuenten con la participación de extranjeros no residentes en el Ecuador.

¿QUÉ SE DEBE REPORTAR?

•Para el caso de bienes inmuebles, se deberá reportar toda actualización o nueva información que hubiere sido registrada con corte al 31 de diciembre del año anterior a la fecha de presentación del anexo.

Para el caso de información sobre espectáculos públicos, se reportará la información por las transacciones realizadas durante el período de enero a diciembre del año anterior a la fecha de presentación del anexo.

AUTOR

AVL

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