LA CORTE CONSTITUCIONAL

La Corte Constitucional dictó su sentencia sobre la consulta ambiental

22 de noviembre 2023

El 9 de noviembre de 2023, el Pleno de la Corte Constitucional emitió su sentencia dentro de la causa 51-23-IN, respecto de la acción pública de inconstitucionalidad del Decreto Ejecutivo número 754 de 31 de mayo de 2023, mediante el cual se realizaban reformas referentes a la consulta ambiental en el Reglamento al Código Orgánico del Ambiente.

La Corte decidió la inconstitucionalidad del Decreto pues “transgrede el principio de reserva de ley”. No obstante, dispuso que el Decreto podrá aplicarse hasta que la Asamblea Nacional emita la ley de la materia, para lo cual otorgó el plazo de 1 año desde que la Defensoría del Pueblo presente el impulso del proyecto en curso, o del nuevo proyecto.

La Corte dispuso que el Decreto “no deberá ser aplicado a comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas. Los registros y licencias ambientales deberán estar condicionados al cumplimiento de la consulta ambiental o al cumplimiento de la consulta previa, libre e informada, según corresponda”.

Además, decidió revocar la suspensión provisional del Decreto. Recordemos que una vez expedido el Decreto varios procesos de consulta ambiental fueron iniciados como parte del proceso de otorgamiento de permisos ambientales para proyectos de diversa índole, incluyendo proyectos mineros para la fase de explotación. Estos procesos de consulta ambiental se detuvieron de acuerdo con la orden de la Corte y esperaron la resolución de esta sobre el fondo y forma de la inconstitucionalidad del Decreto. Estos procesos de consulta ambiental podrán continuar bajo el Decreto, “aplicado con sujeción a los lineamientos y estándares sintetizados en los párrafos 196 al 205”.

También, la Corte dispuso que la Defensoría del Pueblo “impulse los proyectos de ley sobre consulta ambiental que haya presentado […] o, en su defecto, prepare un proyecto de ley que regule la consulta ambiental, contando con la participación de la sociedad civil. Dispone también que esta entidad deberá “observar que en la norma se incluyan y respeten los estándares desarrollados por esta Corte en la materia”.

En cuanto a la consulta previa, la Corte llamó la atención a la Asamblea Nacional por no haber emitido una ley sobre esta materia y dispuso que esta se apruebe en el plazo de 1 año desde que se posesione.  

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AVL

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