Ley Orgánica de Eficiencia Económica, que reforma la Ley de Minería, fue aprobada por la Asamblea Nacional

4 de enero 2024

El 20 de diciembre de 2023 se publicó en el Registro Oficial la Ley Orgánica de Eficiencia Económica y Generación de Empleo, la cual incluyó diversas modificaciones y reformas, principalmente, a las leyes y régimen tributario. Entre otras cosas, la Ley reformó: (i) deducciones fiscales adicionales para el empleo joven (18-29 años), ex convictos y sus cónyuges; (ii) deducciones fiscales adicionales por apoyo y patrocinio a deportistas, eventos deportivos, becas, institutos de educación, donaciones de equipos a la Policía Nacional; (iii) hasta el 10% de retención del impuesto sobre la renta para los grandes contribuyentes de impuestos.

Reformas a la Ley de Minería

De conformidad con el artículo 40 de la Ley de Minería (Contrato de Prestación de Servicios Mineros), los concesionarios mineros que celebren el Contrato de Prestación de Servicios Mineros están exentos del pago de regalías, pero el Gobierno Nacional pagará una regalía del 3% a los GAD provinciales, cantonales y parroquiales para el desarrollo social y la infraestructura específicos.

En el artículo 67 de la Ley de Minería, la Ley elimina la obligación de los GADs de financiar los proyectos locales a través del Banco del Estado y establece que los

fondos serán transferidos por el Ministerio de Economía y Finanzas a los GADs.

Se reformó el artículo 93 de la Ley de Minería para aclarar que los fondos correspondientes al 60% de las regalías mineras serán transferidos por el Ministerio de Economía y Finanzas a los GADs en el mismo ejercicio fiscal en que se recibieron las regalías y sin contraprestación ni requerimiento adicional para los GADs. La distribución será la siguiente: 45% para los GADs provinciales, 35% para los GADs cantonales y 20% para los GADs parroquiales, pertenecientes a las áreas de influencia. Los fondos se utilizarán para el desarrollo social específico e infraestructura detallada en la Ley.

Lamentablemente, la reforma no aclaró si las transferencias se realizarán al Fondo Común para la Circunscripción Territorial Especial Amazónica, y mantuvo el lenguaje original contenido en la Ley de Minería.

Para más información, no dude en contactarnos.

Esta información es un resumen de novedades jurídicas de interés, y por tanto no podrá ser considerada como asesoría provista. Cualquier inquietud, comunícate con el equipo de AVL Abogados.

AUTOR

AVL

Deja un comentario

Tu correo electrónico no será publicado