RECORDATORIO PRESENTACIÓN INFORMACIÓN ANUAL ACCIONISTAS EXTRANJEROS DE COMPAÑÍAS ECUATORIANAS

9 de noviembre 2023

En el Ecuador, durante el mes de enero de cada año (hasta el 31 de enero de 2024), se debe presentar de manera obligatoria ante la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros (SCVS); y, durante febrero ante el Servicio de Rentas Internas (SRI), cierta información con respecto de los socios o accionistas de compañías nacionales, así:

A. Ante la SCVS:

i) Certificación de existencia legal extendida por la autoridad competente (“Good Standing Certificate”) del país de origen de la sociedad extranjera, debidamente apostillada o legalizada ante cónsul, que acredite legalmente que esta existe en dicho país;

ii)  Poder/es otorgado/s por parte de la compañía extranjera a favor de una(s) persona(a) natural o jurídica que resida en el Ecuador, con el fin de que responda con las obligaciones de la Ley de Compañías, otorgado/os en el país de origen, y apostillado/s, o legalizado/s ante cónsul; y,

iii) Lista o nómina completa de todos los socios/ accionistas* de la sociedad extranjera, que a su vez es socia o accionista de la compañía ecuatoriana, hasta llegar a la persona natural que finalmente sea el beneficiario efectivo; en el que se consigne la siguiente información general: Denominación completa/razón social, Nacionalidad, Domicilio y dirección, Identificación fiscal/pasaporte, Tipo de sociedad, Correo electrónico, y teléfono de contacto.

* Esta nómina se elabora a través del sistema propio de la SCVS.

* Si, esta información no ha variado con respecto a la del año anterior se puede declarar bajo juramento sobre este hecho en el propio sistema de la SCVS.

* Si, la sociedad extranjera, que a su vez es socia o accionista de la compañía local cotiza en bolsa de valores se deberá presentar una certificación del registro en una o más bolsas de valores extranjeras, debidamente apostillada o legalizada ante cónsul.

B. Ante el SRI

Se debe presentar la misma información respecto de la nómina de accionistas antes descrita, a través del formulario de “Anexo de Accionistas, Partícipes, Socios, Miembros de Directorio y Administradores” (APS), que se carga en la plataforma DIMM del SRI.

Esta obligación debe cumplirse en el mes de febrero de cada ejercicio fiscal de acuerdo con el noveno dígito del RUC de la compañía ecuatoriana.

Nota: Esta obligación aplica para TODAS las compañías y entidades residentes en el Ecuador, que cuenten con accionistas, socios o partícipes, sin importar si son nacionales o extranjeros.

Esta información contiene un resumen de novedades jurídicas de interés y por tanto no podrá ser considerada como una asesoría provista por AVL. Cualquier inquietud comunícate con el equipo de AVL Abogados.

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AVL

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