Registro de Crédito Externo

Registro de Crédito Externo y Pagos al Exterior del Sector Privado

18 de abril 2022

Mediante Resolución No. JPRM-2021-004-M de 16 de noviembre de 2021, la Junta de Política y Regulación Monetaria, se expide la Regulación de Registro de Créditos Externos al Sector Privado; la que dispuso que el Banco Central del Ecuador emitirá la normativa administrativa a fin de implementar las disposiciones de dicha resolución.

Norma para el Registro de Crédito Externo del Sector Privado en el Banco Central el Ecuador

•Resolución Administrativa No. BCE-GG-012-2021 de 25 de noviembre de 2021.

•Publicada en el Suplemento No. 22 del Registro Oficial  del 16 de marzo de 2022.

Los requisitos de registro del crédito externo se mantienen:

-Formulario de registro.

-Documento que certifique ingreso y acreditación de dinero en la cuenta del deudor.

-Documento que certifique la importación.

– Solicitud de registro para la emisión primaria de obligaciones en mercados internacionales.

-Declaración Juramentada.

Del registro de pagos de créditos externos:

•Único requisito exigible es el Formulario para el registro e pagos de crédito externo, el mismo que se encuentra en la página web de la entidad, en el siguiente link:

https://www.bce.fin.ec/index.php/formularios-y-solicitudes3

•Se elimina la presentación de cualquier otra documentación, por tanto ya no se requiere la presentación de, entre otros, la constancia de pagos, copias de los registros de crédito anteriores, copias de los registros de pago anteriores, nuevas tablas de amortización.

AUTOR

AVL

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