Reglamento de Aplicación de la Ley de Hidrocarburos

18 de febrero 2022

En el Tercer Suplemento del Registro Oficial No. 4 de 16 de febrero de 2022 se publicó el Reglamento de Aplicación de la Ley de Hidrocarburos

A continuación, los principales aspectos del Reglamento:

POLÍTICA DE HIDROCARBUROS

  • Se establecen los principios en los cuales se sustentará la política nacional de hidrocarburos, entre los que se encuentran: Dar preferencia a la industria nacional; Explotar los hidrocarburos con el objetivo primordial de industrializarlos en el Ecuador; Promover el desarrollo sustentable.
  • Se establecen las responsabilidades y facultades del Ministerio del ramo, así como la conformación y funcionamiento del Directorio de la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales No Renovables.

EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE HIDROCARBUROS

Iniciativa privada . – Cuando las empresas públicas de hidrocarburos ecuatorianas no cuenten con capacidad técnica o económica para el desarrollo de actividades de exploración o explotación, que pueda afectar la sostenibilidad de la producción de hidrocarburos, se podrá delegar estas actividades a la iniciativa privada.

Procesos de licitación . – La adjudicación de áreas de exploración o explotación serán realizadas mediante procesos de licitación, conforme la normativa que expida el Comité de Licitación Hidrocarburífera (COLH) para cada proceso. Se establecen los lineamientos generales de los procesos de licitación.

Consorcios. – Se podrá establecer consorcios entre las empresas públicas de hidrocarburos ecuatorianas con empresas nacionales o extranjeras, públicas o privadas, para ejecutar actividades de exploración y explotación.

Delegación de campos de producción

. – Los campos de producción que estén bajo la gestión de EP PETROECUADOR, podrán ser delegados a través de contratos de participación. Se definirá una prima de entrada que deberá pagar la empresa adjudicataria al momento de la firma del contrato de participación.

Contratos de prestación de servicios para la exploración y explotación de hidrocarburos . – Se establece la forma para el cálculo de ingreso disponible para el pago a las contratistas.

Contratos de participación . – Se define los contratos de participación, y quiénes son las partes contratantes. La participación de la contratista se puede pagar en dinero por convenio de las partes.

La participación de la producción de la Contratista se deberá calcular con base a los porcentajes ofertados y convenidos, valorados en función del precio de referencia, de conformidad con la Ley de Hidrocarburos, ajustados por la calidad del crudo en el área del contrato (correspondiente al Crudo Oriente o Napo), por el volumen de los hidrocarburos producidos y de acuerdo con la fórmula establecida en el Reglamento.

El Estado participará en los beneficios de aprovechamiento de los recursos, en un monto que no será inferior a los beneficios de la contratista que los explota.

Migración de contratos. – Con la aprobación del COLH, se podrá migrar a otras modalidades contractuales para la exploración y explotación de hidrocarburos.

Cesión y transferencia de derechos derivados de los contratos para la exploración y explotación de hidrocarburos. – El Reglamento establece los requisitos y procedimiento para la cesión y transferencia de los derechos derivados de los contratos de exploración y explotación de hidrocarburos.

OTROS ASPECTOS REGULADOS

El Reglamento regula otros aspectos importantes del sector de hidrocarburos, tales como:

  • Proceso de caducidad de los contratos
  • Transportes de hidrocarburos

La refinación, almacenamiento, industrialización y comercialización

AUTOR

AVL

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