Novedades de la industria minera en Agosto 2023

1 de septiembre 2023

Durante agosto de 2023 se han suscitado una serie de novedades que son de interés para la industria minera. A continuación presentamos un resumen de estos acontecimientos:

1. Suspensión de consultas ambientales

El 31 de julio de 2023, el Tribunal de la Sala de Admisión de la Corte Constitucional (en adelante la “Corte”) avocó conocimiento de la causa 51-23-IN, y admitió a trámite por la forma y el fondo una acción pública de inconstitucionalidad del Decreto Ejecutivo número 754 de 31 de mayo de 2023 mediante el cual se realizan las reformas referentes a la consulta ambiental en el Reglamento al Código Orgánico del Ambiente.

La Corte señala que la admisión a trámite no implica un “prejuzgamiento sobre la materialidad de la pretensión”. No obstante, decidió aceptar la solicitud de suspensión provisional del Decreto y dispone la notificación de aquello a la Presidencia de la República y el Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica (MAATE) y para que en un término de 15 días defiendan la constitucionalidad del Decreto y remitan el expediente de su elaboración.  

Recordemos que una vez expedido el Decreto varios procesos de consulta ambiental fueron iniciados como parte del proceso de otorgamiento de permisos ambientales para proyectos de diversa índole, incluyendo proyectos mineros para la fase de explotación. Estos procesos de consulta ambiental se deben detener de acuerdo con la orden de la Corte y esperar la resolución de esta sobre el fondo y forma de la inconstitucionalidad del Decreto. La normativa no dispone un término para que la Corte resuelva la inconstitucionalidad, por lo cual la incertidumbre predomina en las siguientes semanas para los proyectos que esperaban la culminación de la consulta ambiental para obtener sus respectivos permisos ambientales.

En caso de que la Corte en su resolución decida que el Decreto sí es constitucional los procesos de consulta ambiental en curso podrían reanudarse. Según la presentación de los argumentos de la acción de inconstitucionalidad por la Corte, el análisis se centrará en la distinción entre la consulta ambiental y la consulta previa. La diferencia entre estos dos derechos constitucionales ya ha sido considerada en diversos fallos de la Corte, por lo cual esta nueva decisión en la materia será relevante para poner claridad en su aplicación.

2. Sentencia de la Corte de Azuay en caso Loma Larga

El 28 de agosto la Corte Provincial del Azuay (en adelante la “Corte”) dictó una sentencia luego de la apelación de las partes al fallo de primera instancia en el caso Loma Larga. La Corte dispuso lo siguiente:

1. Previo a continuar con los trámites administrativos para las siguientes fases del proyecto minero, el MAATE deberá presentar dos informes: (i) un informe completo del estado actual del área Nacional de Recreación Quimsacocha, con descripción de toda el área del proyecto y su influencia, la biodiversidad de la zona, su valor científico, el ecosistema, cuál es el estado de la flora y fauna, así como de los bosques y vegetación protectora y (ii) un informe que aborde la sustentabilidad del ecosistema y como se está garantizando el orden de preferencia en el uso y aprovechamiento del agua.

2. El Estado Ecuatoriano debe realizar la consulta previa, libre e informada en la Comunidad de Escaleras, parroquias Victoria del Portete y Tarqui, cantón Cuenca.

3. Se debe realizar la consulta ambiental prevista en el artículo 398 de la Constitución antes de la emisión de la licencia ambiental para la siguiente fase del proyecto, se ejecutará y materializará en la zona de influencia del proyecto.

3. Triunfo de a consulta popular en Quito en contra de la minería

El 20 de agosto de 2023 los habitantes del cantón Quito votaron mayoritariamente por prohibir la minería metálica en todas sus escalas en las parroquias de Nono, Calacalí, Nanegal, Nanegalito, Gualea y Pacto.

Estos resultados abrieron el debate sobre las 12 concesiones mineras ya otorgadas en estas parroquias.

La Corte Constitucional en el dictamen por el cual aprobó esta consulta popular confirmó que ante un pronunciamiento afirmativo de los electores los efectos serían “únicamente hacia el futuro”.

No obstante, han surgido interpretaciones de grupos que promocionaron esta consulta, de que no sería posible para las concesiones que no están en explotación pasar a esta fase y aquellas que ya se encuentran en esta fase no podrían renovar sus permisos ambientales y de uso de agua. Estas circunstancias deberán analizarse de ocurrir estos escenarios.

Para más información, no dude en contactarnos.

Este boletín contiene un resumen de novedades jurídicas de interés, y por tanto no podrá ser considerado como asesoría provista. Cualquier inquietud, comunícate con el equipo de AVL Abogados.

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AVL

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